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Negocios, Venta

de Sant Pere, Figueres, Girona
€ 35000
  • ID: 2411112
  • Ref_CRM: PR00494
  • Publicado: 23/07/2026
  • Actualizado: 10/09/2026
  • Tipo: Negocios
  • Operación: Venta
  • Población: Figueres
  • Habitaciones:
  • Baños: 1
  • Metros Construidos: 79 m2
  • Antigüedad: 2006

Detalles

TRASPASO DE NEGOCIO POR: 35.000-? PRECIO ALQUILER: 1.200-?/mensuales Presentamos un local comercial excepcionalmente ubicado en la plaza contigua al famoso museo Dalí de Figueras. Con una superficie construida de 79 m² y totalmente luminoso, este espacio es ideal para la venta de producto textil buscando aprovechar el alto tráfico peatonal característico del área. Como complemento a la actividad principal, también es ideal para la venta de souvenirs. La propiedad cuenta con un pequeño almacén perfecto para mercancía y dispone también de un baño privado. Adicionalmente, su actual propietaria ha establecido una clientela fija que asegura ingresos regulares. No pierda esta oportunidad única y concierte una visita! En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO DE TRASPASO OFERTADO DEL LOCAL es: 35.000-? y el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL LOCAL es: 1.200-?, no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato: (I)IMPUESTOS: Impuesto de Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21% y se practicará una retención de IRPF del 19%. *Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. (II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato, la factura correspondiente a una mensualidad del precio del arrendamiento anual más el IVA correspondiente del 21% . No cobramos comisión del traspaso al comprador.